Las escuelas deben ofrecer, y los estudiantes deben seguir y hacer el progreso normal hacia completar, un curso completo de estudio.
Requisitos generales del curso F-1 completo
8 CFR 214.2 (f) (6) establece el marco general dentro del cual debe realizarse la determinación de “curso completo de estudio”. Un programa de estudio debe tener los siguientes atributos antes de que pueda ser considerado un “curso completo de estudio” para fines F-1:
La finalización con éxito del programa debe conducir a la consecución de un “objetivo educativo o profesional específico” y el programa debe calificar bajo uno de los cinco párrafos (A-E) enumerados en 8 CFR 214.2 (f) (6) (i)
(6) Curso completo de estudio: (i) General. La finalización con éxito del curso completo de estudio debe conducir a la consecución de un objetivo educativo o profesional específico. Un curso de estudio en una institución no aprobada para la asistencia de estudiantes extranjeros según lo provisto en § 214.3 (a) (3) no satisface este requisito. Un “curso completo de estudio” significa:
(A) Estudios de posgrado o estudios postdoctorales en un colegio o universidad, o un estudio de pregrado o posgrado en un conservatorio o seminario religioso, certificado por un DSO como un curso completo de estudio;
(B) Estudios de pregrado en un colegio o universidad, certificados por un oficial de la escuela que consisten de por lo menos 12 semestres o cuarto de horas de instrucción por término académico en aquellas instituciones que usan sistemas estándar de semestre, trimestre o cuarto de hora, donde todos los estudiantes de pregrado que son matriculados por un mínimo de 12 semestres o cuartos de hora se cobran matrícula de tiempo completo o se consideran a tiempo completo para otros fines administrativos, o su equivalente (según lo determinado por el director del distrito en el proceso de aprobación de la escuela) Una carga de curso menor para completar el curso de estudio durante el término actual;
(C) Estudiar en una escuela postsecundaria, artes liberales, bellas artes u otro programa no vocacional que confiera a sus graduados reconocidos o otros títulos o haya establecido que sus créditos han sido y son aceptados incondicionalmente por al menos tres Instituciones de enseñanza superior que son:
(1) Una escuela (o sistema escolar) propiedad y operado como una institución educativa pública por los Estados Unidos o un Estado o subdivisión política de los mismos; o
(2) una escuela acreditada por un organismo de acreditación reconocido nacionalmente; Y que ha sido certificado por un funcionario designado de la escuela que conste de por lo menos 12 horas de instrucción por semana, o su equivalente como determinado por el director del distrito en el proceso de aprobación de la escuela;
(D) Estudiar en cualquier otro idioma, artes liberales, bellas artes u otro programa de capacitación no vocacional, certificado por un DSO que consistirá en al menos dieciocho (18) horas de asistencia por semana si la parte dominante del curso consiste en instrucción en el aula , O consistir en al menos veintidós horas de reloj por semana si la parte dominante del curso de estudio consiste en trabajo de laboratorio; o
(E) Estudiar en un plan de estudios en una escuela primaria aprobada o en una escuela secundaria académica que esté certificada por un oficial escolar designado para que consista en asistir a la clase por no menos que el número mínimo de horas por semana prescrito por la escuela para el progreso normal hacia la graduación.
Estudios Graduados
La regla para el estudio de postgrado en colegios, universidades, conservatorios y seminarios (así como estudios de pregrado en conservatorios y seminarios) le da a la DSO la discreción de certificar lo que se considera un “curso completo de estudio” para fines F-1. Para los candidatos de posgrado, el grado en particular puede servir como el objetivo académico requerido.
Aunque la formulación reglamentaria es de composición abierta, un DSO debe utilizar su discreción sabiamente, teniendo en cuenta los mejores intereses de la institución. Las agencias de inmigración del DHS tienen el derecho de revisar las decisiones discrecionales de DSO relacionadas con las determinaciones del curso completo de estudio, y una determinación de DSO debe estar siempre bien documentada y apoyada por la aplicación de estándares bien articulados.
Un criterio claro para determinar si el estudio de posgrado debe ser certificado como un curso completo de estudio es el estándar de la escuela “de tiempo completo” utilizado para otros fines, como la ayuda financiera. En muchos programas de posgrado, 9 horas de crédito se considera un curso de postgrado a tiempo completo durante la fase de trabajo de un programa de posgrado. Sin embargo, en muchas escuelas la definición de lo que constituye un “tiempo completo” para un estudiante graduado varía dependiendo del año de estudio (por ejemplo, el primer año de un programa versus el tercer año) y el campo de trabajo. Por ejemplo, en el primer semestre de un estudiante de un programa de doctorado en Biología, él o ella podría estar matriculado en cursos a tiempo completo; Sin embargo, en el segundo semestre, él o ella puede ser requerido solamente para inscribirse para apenas un curso mientras que se dedica a un ayudante de investigación para la mayor porción de cada día.